SECRETARIA DE AMBIENTE
MUNICIPIO DE TAMALAMEQUE
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Contingencia # 1
Contingencia # 1
MAYO 20 DE 2009


CONTINGENCIA



INFORME DE SOLUCION AL PROBLEMA DE BASURAS



Debido a la emergencia sanitaria que se puede llegar a presentar en el municipio la alcaldía municipal de Tamalameque en coordinación con la Gobernación del departamento del Cesar han adquirido un lote que se encuentra precisamente al lado de donde se encuentra el actual botadero de basura, estas tierras entraran en un proceso de adecuación determinado por la secretaria de ambiente, para poder convertirlo en un espacio optimo para la disposición de los desechos.



El lote fue adquirido previo estudio por parte de la secretaria de planeación, para determinar si este se acomodaba a las zonas definidas por el POT del municipio y este terreno fue el que más se acomodo a los requerimientos previstos.



El lote tiene unas medidas similares a las del botadero actual, mide 100 por 75 m² y tuvo un costo de $90.000.000.

BOTADERO DE BASURA ACTUAL TERRENO COMPRADO EJECUCION DE LOS PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE AMBIENTE EDUCACION EN MATERIA DE RECICLAJE. El total de recursos que se van a invertir son, $158.244.386. Con este dinero planeamos dar unas capacitaciones en materia de reciclaje para la población de nuestro municipio. Con el fin de que todos los hogares de nuestro municipio se vean en la necesidad de sacar menos basura los dos días en la semana que pasa el camión de basuras. Las estrategias que vamos a utilizar para que nuestra población tome conciencia son, capacitaciones en compañía de la secretaria de educación, repartir material didáctico casa por casa con todas las indicaciones del caso, cuñas publicitarias en los medios de comunicación de nuestro municipio, también tenemos planeado plantar una serie de árboles alrededor del nuevo botadero, con el fin de disminuir el impacto ambiental causado por este.


Esto lo desarrollaremos mientras se hace la total adecuación del terreno donde funcionara el nuevo botadero.


De acuerdo al DECRETO NÚMERO 838 DE 2005, realizaremos un área de aislamiento, que refiriéndonos al decreto se entiende como, al área perimetral de un relleno sanitario, ubicada en su entorno, en donde se establecerán plantaciones que permitan la reducción de impactos sobre éste. Tenemos que adecuar este terreno para que los vehículos que se encargan de recoger la basura puedan entrar a dejar todas las basuras de nuestro municipio, por esto tenemos que realizar, un Frente de trabajo. Sitio en el relleno sanitario donde se realizan los procesos de descargue, acomodación, compactación y cobertura de los residuos sólidos entregados para disposición final. Además nuestra secretaria deberá comprometerse, de acuerdo al artículo 10 del presenta decreto ha:

1. Prohibición del ingreso de residuos peligrosos, si no existen celdas de seguridad en los términos de la normatividad vigente.
2. Prohibición del ingreso de residuos líquidos y lodos contaminados.
3. Prohibición del ingreso de cenizas prendidas.
4. Pesaje y registro de cada uno de los vehículos que ingresan al relleno sanitario.
5. Cubrimiento diario de los residuos.
6. Control de vectores y roedores.
7. Control de gases y las concentraciones que los hacen explosivos.
8. Control del acceso al público y prevención del tráfico vehicular no autorizado y de la descarga ilegal de residuos.
9. Prohibición de la realización de reciclaje en los frentes de trabajo del relleno.
10. Condiciones establecidas en el permiso de vertimiento para la descarga, directa e indirecta, del efluente del sistema de tratamiento de lixiviados, en los cuerpos de agua, tanto subterránea como superficial.
11. Mantenimiento del registro actualizado de las operaciones realizadas.
Así cuando el botadero este totalmente adecuado la secretaria deberá ejercer el correspondiente control y monitoreo, de acuerdo al articulo 11 del presente decreto, estas funciones son:
Pesaje y registro de cada uno de los vehículos que ingresan al sitio para disposición final de residuos sólidos. - Caracterización anual de los residuos sólidos de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en el Numeral F.1.4.3 del Título F del RAS o la norma que lo modifique, adicione o sustituya. - Monitoreo mensual de la señalización presentada en el programa de monitoreo. - Control de las instalaciones sanitarias anualmente. - Control y monitoreo al sistema de compactación de acuerdo con las especificaciones técnicas definidas en el Numeral F.6.6.4 del Título F del RAS o la norma que lo modifique, adicione o sustituya. - Control y monitoreo de la calidad del recurso agua, como mínimo, de acuerdo con los siguientes parámetros y frecuencia, sin perjuicio de lo que disponga la autoridad ambiental.
Secretario
Andres Felipe Gonzalez

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